Cuando viajamos al extranjero, es fundamental conocer las normas aduaneras que regulan qué se puede introducir en la Unión Europea y en qué casos es obligatorio presentar una declaración. De esta forma, se evitan sanciones, demoras y posibles confiscaciones de mercancías.
¿Cuándo es necesario declarar?
Debe declarar en Aduanas si:
- Transporta mercancías para uso comercial.
- Viaja con mercancías para uso personal que superan las cantidades o valores permitidos.
- Porta mercancías sujetas a restricciones o controles específicos (por ejemplo, especies protegidas o determinados productos sanitarios).
- Transporta dinero en efectivo igual o superior a 10.000 euros.
Ejemplo: si trae obras de arte con un valor de 300.000 €, aunque vayan en equipaje de mano, deben ser declaradas.

¿Cuándo no es necesario declarar?
No tendrá que declarar si:
- Los bienes son de uso personal o familiar.
- No superan las cantidades o valores máximos permitidos.
- No están sujetos a restricciones aduaneras.
Ejemplo: una familia que compra una lámina decorativa en un viaje turístico no necesita declararla si está dentro de los límites establecidos.

Mercancías prohibidas
Está prohibida la entrada de:
- Carne, leche y sus derivados.
- Frutas, legumbres, flores y plantas vivas (con excepciones limitadas).
- Especies de animales y vegetales salvajes protegidos.
- Drogas, estupefacientes y cualquier mercancía que vulnere la normativa vigente.

Franquicias y límites permitidos
Bienes personales y recuerdos
- Compras hasta 430 € por vía aérea o marítima.
- Compras hasta 300 € por otros medios de transporte.
- Menores de 15 años: límite de 150 €.
Estas franquicias no son acumulables entre varias personas para un solo objeto.

Por ejemplo: un reloj exclusivo es necesario declararlo en aduanas
Tabaco
- 200 cigarrillos, o
- 100 cigarritos (máx. 3 g/unidad), o
- 50 puros, o
- 250 g de tabaco para fumar.
Alcohol y bebidas alcohólicas
- 1 litro de alcohol (más de 22% vol.).
- 2 litros de bebidas alcohólicas (hasta 22% vol.).
- 4 litros de vino tranquilo.
- 16 litros de cerveza.
Los menores de 17 años no pueden beneficiarse de estas franquicias.
Cosméticos y medicamentos
Permitidos únicamente para uso personal. En el caso de medicamentos, es recomendable llevar receta o informe médico.
Vegetales (con excepciones)
- Hasta 1 kg de fresas, cerezas, uvas o frambuesas.
- 3 unidades de frutas como manzanas, peras, cítricos, albaricoques, melocotones o ciruelas.
- 2 unidades de mango o granada.
- Algunas legumbres y flores específicas.
Si supera los límites y no declara (aunque sea uso personal)
- Estará cometiendo una infracción administrativa (o incluso delito si se trata de contrabando).
- El viajero se expone a:
- Multa económica, proporcional al valor de lo no declarado.
- Intervención o decomiso de la mercancía.
- En casos graves, procedimiento penal por contrabando.
Ejemplo: intenta entrar con 10 cartones de cigarrillos sin declarar. Aunque sea para consumo propio, supera el límite (200 cigarrillos) y puede ser sancionado.
Conclusión
Conocer qué declarar en Aduanas no solo facilita su viaje, sino que también le protege de sanciones y le asegura un paso fronterizo rápido y sin inconvenientes.
En Agencia Moranta somos especialistas en normativa aduanera y podemos asesorarle en cada paso del proceso.
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