Cuando viajamos al extranjero, es fundamental conocer las normas aduaneras que regulan qué se puede introducir en la Unión Europea y en qué casos es obligatorio presentar una declaración. De esta forma, se evitan sanciones, demoras y posibles confiscaciones de mercancías.

¿Cuándo es necesario declarar?

Debe declarar en Aduanas si:

  • Transporta mercancías para uso comercial.
  • Viaja con mercancías para uso personal que superan las cantidades o valores permitidos.
  • Porta mercancías sujetas a restricciones o controles específicos (por ejemplo, especies protegidas o determinados productos sanitarios).
  • Transporta dinero en efectivo igual o superior a 10.000 euros.

Ejemplo: si trae obras de arte con un valor de 300.000 €, aunque vayan en equipaje de mano, deben ser declaradas.

¿Cuándo no es necesario declarar?

No tendrá que declarar si:

  • Los bienes son de uso personal o familiar.
  • No superan las cantidades o valores máximos permitidos.
  • No están sujetos a restricciones aduaneras.

Ejemplo: una familia que compra una lámina decorativa en un viaje turístico no necesita declararla si está dentro de los límites establecidos.

Mercancías prohibidas

Está prohibida la entrada de:

  • Carne, leche y sus derivados.
  • Frutas, legumbres, flores y plantas vivas (con excepciones limitadas).
  • Especies de animales y vegetales salvajes protegidos.
  • Drogas, estupefacientes y cualquier mercancía que vulnere la normativa vigente.

Franquicias y límites permitidos

Bienes personales y recuerdos

  • Compras hasta 430 € por vía aérea o marítima.
  • Compras hasta 300 € por otros medios de transporte.
  • Menores de 15 años: límite de 150 €.

Estas franquicias no son acumulables entre varias personas para un solo objeto.

Por ejemplo: un reloj exclusivo es necesario declararlo en aduanas

Tabaco

  • 200 cigarrillos, o
  • 100 cigarritos (máx. 3 g/unidad), o
  • 50 puros, o
  • 250 g de tabaco para fumar.

Alcohol y bebidas alcohólicas

  • 1 litro de alcohol (más de 22% vol.).
  • 2 litros de bebidas alcohólicas (hasta 22% vol.).
  • 4 litros de vino tranquilo.
  • 16 litros de cerveza.

Los menores de 17 años no pueden beneficiarse de estas franquicias.

Cosméticos y medicamentos

Permitidos únicamente para uso personal. En el caso de medicamentos, es recomendable llevar receta o informe médico.

Vegetales (con excepciones)

  • Hasta 1 kg de fresas, cerezas, uvas o frambuesas.
  • 3 unidades de frutas como manzanas, peras, cítricos, albaricoques, melocotones o ciruelas.
  • 2 unidades de mango o granada.
  • Algunas legumbres y flores específicas.

Si supera los límites y no declara (aunque sea uso personal)

  • Estará cometiendo una infracción administrativa (o incluso delito si se trata de contrabando).
  • El viajero se expone a:
    • Multa económica, proporcional al valor de lo no declarado.
    • Intervención o decomiso de la mercancía.
    • En casos graves, procedimiento penal por contrabando.

Ejemplo: intenta entrar con 10 cartones de cigarrillos sin declarar. Aunque sea para consumo propio, supera el límite (200 cigarrillos) y puede ser sancionado.


Conclusión

Conocer qué declarar en Aduanas no solo facilita su viaje, sino que también le protege de sanciones y le asegura un paso fronterizo rápido y sin inconvenientes.

En Agencia Moranta somos especialistas en normativa aduanera y podemos asesorarle en cada paso del proceso.

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